martes, 13 de mayo de 2008

estado ley y justicia


LA DEFENSA DE LOS INTERESES DEL ESTADO
Cuando de una u otra forma, el Estado ve afectados o amenazados sus derechos e intereses, recurre a defenderse mediante la realización de un conjunto de actos jurídico-procesales, que se basan en normas y principios de carácter público que regulan la representación y defensa de tales derechos e intereses. En cuanto al aspecto sustantivo y procedimental de la defensa, el Estado la sustentará de acuerdo a la legislación aplicable a la controversia.Nuestra Constitución , establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos, quienes reunidos conforman el Consejo de Defensa Judicial del Estado.
Misión de Grupo
Nuestra "misión de grupo" nos lleva a la búsqueda permanente de una mejor defensa de los intereses del Estado; a través de un trabajo coordinado y una intervención uniforme por parte de los Procuradores Públicos durante el ejercicio de sus funciones, con el propósito de establecer una posición que identifique el criterio legal del Consejo de Defensa Judicial del Estado, acorde con el mandato constitucional y legal.
El Consejo de Defensa Judicial del Estado
Fue creado mediante Decreto Ley N° 17537 , y es el órgano del Ministerio de Justicia encargado de coordinar las actividades de los Procuradores Públicos. Está constituido por la reunión de los Procuradores Públicos titulares.
Atribuciones del Consejo de Defensa Judicial del Estado y su presidencia
Formular las políticas relacionadas a la defensa del Estado.
Supervisar y controlar el ejercicio de la defensa de los intereses del Estado, a nivel nacional, a través de su presidente llevando para tal fin un adecuado registro y control.
Aprobar las medidas que sean necesarias para el cumplimiento y aplicación del Decreto Ley N° 17537.
Dictar las pautas y definir las políticas para uniformizar criterios y metodologías de trabajo de las Procuradurías.
Elaborar y proponer proyectos de convenios, con organismos públicos o privados .
Centralizar la información estadística de las Procuradurías Públicas.
Recibir anualmente los informes de los Procuradores Públicos sobre el movimiento de los juicios.
En general, tiene amplia competencia sobre el ejercicio de la defensa judicial del Estado.
El Procurador Público
Es el funcionario que por mandato constitucional ejerce la defensa de los intereses del Estado, de los Gobiernos Regionales, de los Organismos Constitucionales autónomos y demás dependencias públicas .
Tiene la misma jerarquía que un Fiscal Superior y goza en el ejercicio de sus funciones, de las mismas prerrogativas que corresponde a dicho magistrado.
Facultades y atribuciones de los Procuradores Públicos
Defender los asuntos del Estado ante cualquier órgano jurisdiccional de los diferentes Distritos Judiciales de la República, sin necesidad de previa inscripción en el registro de las Cortes Superiores distintas a la de la capital o de los colegios de abogados respectivos. Esta facultad es extensiva al Procurador Adjunto y a los Abogados a los que se haya delegado representación.
Solicitar informes, antecedentes y colaboración de cualquier dependencia o repartición del Sector Público Nacional.
Intervenir ante todas las instancias del fuero ordinario y privativo. En materia Penal los Procuradores actuarán como denunciantes o constituyéndose en parte civil según sea el caso, sin que las limitaciones que señalan el Código de Procedimientos Penales y el Código de Justicia Militar para la actuación de la parte civil, en la etapa de la instrucción, puedan restringir su labor de cautela y de defensa de los derechos e intereses del Estado. Para este efecto, podrán informarse de cualquier diligencia e intervenir en ellas.
Requerir el auxilio de la fuerza pública a través de la autoridad pública para el mejor desempeño de su función.
Base Legal
Artículo 47 de la Constitución Política del Perú: "La defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a Ley. El Estado está exonerado del pago de gastos judiciales".
Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en asuntos judiciales
Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia
Reglamento del Consejo Judicial del Estado - Decreto Supremo Nº 002-2000-JUS
Reglamento sobre designaciones de Procuradores - Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS
Directorio de las Procuradurías Públicas Anticorrupción Descentralizadas Proyecto PER 02/016
Directorio de Procuradurías Públicas del Estado
Directorio de Procuradurías Públicas Regionales
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