martes, 13 de mayo de 2008

estado ley y justicia


LA DEFENSA DE LOS INTERESES DEL ESTADO
Cuando de una u otra forma, el Estado ve afectados o amenazados sus derechos e intereses, recurre a defenderse mediante la realización de un conjunto de actos jurídico-procesales, que se basan en normas y principios de carácter público que regulan la representación y defensa de tales derechos e intereses. En cuanto al aspecto sustantivo y procedimental de la defensa, el Estado la sustentará de acuerdo a la legislación aplicable a la controversia.Nuestra Constitución , establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos, quienes reunidos conforman el Consejo de Defensa Judicial del Estado.
Misión de Grupo
Nuestra "misión de grupo" nos lleva a la búsqueda permanente de una mejor defensa de los intereses del Estado; a través de un trabajo coordinado y una intervención uniforme por parte de los Procuradores Públicos durante el ejercicio de sus funciones, con el propósito de establecer una posición que identifique el criterio legal del Consejo de Defensa Judicial del Estado, acorde con el mandato constitucional y legal.
El Consejo de Defensa Judicial del Estado
Fue creado mediante Decreto Ley N° 17537 , y es el órgano del Ministerio de Justicia encargado de coordinar las actividades de los Procuradores Públicos. Está constituido por la reunión de los Procuradores Públicos titulares.
Atribuciones del Consejo de Defensa Judicial del Estado y su presidencia
Formular las políticas relacionadas a la defensa del Estado.
Supervisar y controlar el ejercicio de la defensa de los intereses del Estado, a nivel nacional, a través de su presidente llevando para tal fin un adecuado registro y control.
Aprobar las medidas que sean necesarias para el cumplimiento y aplicación del Decreto Ley N° 17537.
Dictar las pautas y definir las políticas para uniformizar criterios y metodologías de trabajo de las Procuradurías.
Elaborar y proponer proyectos de convenios, con organismos públicos o privados .
Centralizar la información estadística de las Procuradurías Públicas.
Recibir anualmente los informes de los Procuradores Públicos sobre el movimiento de los juicios.
En general, tiene amplia competencia sobre el ejercicio de la defensa judicial del Estado.
El Procurador Público
Es el funcionario que por mandato constitucional ejerce la defensa de los intereses del Estado, de los Gobiernos Regionales, de los Organismos Constitucionales autónomos y demás dependencias públicas .
Tiene la misma jerarquía que un Fiscal Superior y goza en el ejercicio de sus funciones, de las mismas prerrogativas que corresponde a dicho magistrado.
Facultades y atribuciones de los Procuradores Públicos
Defender los asuntos del Estado ante cualquier órgano jurisdiccional de los diferentes Distritos Judiciales de la República, sin necesidad de previa inscripción en el registro de las Cortes Superiores distintas a la de la capital o de los colegios de abogados respectivos. Esta facultad es extensiva al Procurador Adjunto y a los Abogados a los que se haya delegado representación.
Solicitar informes, antecedentes y colaboración de cualquier dependencia o repartición del Sector Público Nacional.
Intervenir ante todas las instancias del fuero ordinario y privativo. En materia Penal los Procuradores actuarán como denunciantes o constituyéndose en parte civil según sea el caso, sin que las limitaciones que señalan el Código de Procedimientos Penales y el Código de Justicia Militar para la actuación de la parte civil, en la etapa de la instrucción, puedan restringir su labor de cautela y de defensa de los derechos e intereses del Estado. Para este efecto, podrán informarse de cualquier diligencia e intervenir en ellas.
Requerir el auxilio de la fuerza pública a través de la autoridad pública para el mejor desempeño de su función.
Base Legal
Artículo 47 de la Constitución Política del Perú: "La defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a Ley. El Estado está exonerado del pago de gastos judiciales".
Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en asuntos judiciales
Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia
Reglamento del Consejo Judicial del Estado - Decreto Supremo Nº 002-2000-JUS
Reglamento sobre designaciones de Procuradores - Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS
Directorio de las Procuradurías Públicas Anticorrupción Descentralizadas Proyecto PER 02/016
Directorio de Procuradurías Públicas del Estado
Directorio de Procuradurías Públicas Regionales
Temas de interés sobre la Defensa del Estado

etica y medios de comunicación



La relación entre la ética y los medios de comunicación implica una problemática novedosa y cada vez más rica y compleja. Nos proponemos analizar aquí esa relación; en particular, nos preguntamos si es posible que los medios de comunicación determinen la acción de los hombres de modo tal que ésta no pueda considerarse libre.
Decimos que esta problemática es novedosa porque la presencia de los medios en la vida cotidiana es un fenómeno de los últimos años. Recordemos que solo a comienzos del siglo XX se transmite por primera vez la voz humana desde una emisora (radio), que la imagen se emite, aproximadamente, a la mitad de siglo (televisión) y que, en estas últimas décadas, se produce lo que suele llamarse la "explosión mediática". Los medios son un elemento en expansión dentro de nuestra cultura que está íntimamente vinculado con la técnica; por eso, es que la relación entre ética y medios implica, a su vez, una posición respecto de la técnica.
Por otra parte, y al mismo tiempo, los medios son un componente esencial de los nuevos procesos políticos, económicos y culturales que llamamos globalización; y, también, en este aspecto, guardan estrecha vinculación con la ética y la filosofía política.
Tal vez, este carácter expansivo hace que la inicial reflexión acerca de los medios se nos presente, hoy, con ciertos rasgos de anacronismo. Desde posiciones teóricas diferentes, los primeros pensadores sostuvieron tesis más o menos deterministas: tanto la metáfora del "sistema nervioso" (Mc Luhan), como el concepto de "industria cultural" (Escuela de Frankfort), llevaban implícito ese punto de vista.
Ahora bien, la recusación de anacronismo no implica negar la influencia de los medios en la acción, tampoco su carácter constitutivo de la cultura actual, sino afirmar que, pese a su efecto condicionante, ellos no anulan la libertad del agente.
Todo esto podría ser una temática del pasado reciente y, en ese sentido, no habría menester replantearla. Sin embargo, teóricos de nuestro presente reactualizan estas posiciones; sólo basta leer como ejemplo algunas líneas del reciente Homo Videns, de Sartori, para advertirlo. Allí, se dice: "Utilizo "televisión" y "televisor", indistintamente, para indicar que la relación entre el televisor-máquina y el televidente es estrechísima. El televisor, por así decirlo, entra dentro del televidente y lo plasma"

Por lo general, y lo que acabamos de leer lo reafirma, los medios fueron pensados (y aún hoy hay quienes siguen pensándolos de ese modo) a partir de una metáfora que los asemejaba a un Golem; los medios son un "aparato" poderoso que se adueña del pensamiento de los hombres, les obtura cualquier tipo de discurso original y crítico y los lleva a obrar de un modo impensado. Ellos resultarían, así, un instrumento de poder que sojuzga al hombre imponiéndole una lógica ajena y ajenizante que conduce a que todas sus acciones estén dirigidas, de un modo deliberado o no, a generar, conservar y expandir ese poder. Los medios conseguirían, de ese modo, que el lenguaje de la vida cotidiana pierda toda riqueza y que sea impracticable todo intento de diálogo, comprensión y acuerdo. Al pensarlos así, cualquier diferencia parece imposible.
Para estas posiciones, los contenidos mediáticos serían estereotipos, fórmulas fijas que no expresan nada auténtico. Esos mensajes, a su vez, carecerían de vitalidad, serían productos inertes respecto de todo lo que escapase a la lógica del poder, carecerían de elementos críticos que hicieran peligrar esa legalidad. En esta consideración está supuesta la oposición y desvalorización de la cultura mediática con relación a la cultura letrada burguesa; a los arquetipos propios de la cultura elevada, se les opone los estereotipos muertos de la cultura de masas.
Además, estas posiciones interpretan como un defecto el hecho de que sus productos se repitan a sí mismos como el mal infinito y, al mismo tiempo, sean reproducidos en versiones similares.
Por todo esto, los mensajes generarían algo así como una pasteurización cultural, y harían que los discursos carezcan de cualquier contenido original y transformador, lo que, al mismo tiempo, posibilitaría y acrecentaría un sistema de control social totalitario con apariencia de diversidad.
Admitimos que estas objeciones tienen cierta legitimidad. Es cierto que la cultura mediática implica, la más de las veces, simplificaciones y productos estandarizados, pero esto no quiere decir que los medios sean determinantes de la acción. Por el contrario, si la experiencia surge de una frecuencia en el trato, es posible pensar que estas simplificaciones no pueden ser indefinidas.
Con esto, comenzamos a afirmar que los medios de comunicación de masas no necesariamente producen una homologación del pensamiento. Los medios y sus relaciones con otras esferas encierran problemas que, como tales, implican, al menos, posibilidades de desarrollo en un sentido no determinista.
Enunciemos algunos de esos problemas:
- Los centros emisores tienen diferencias según el régimen de propiedad: privados, estatales, públicos, regionales..., que deben ser consideradas en su peculiaridad.
- Están expuestos a relaciones de competencia entre sí en función de anunciantes, audiencia, prestigio, etc.
- No les es fácil resolver las diferencias entre las cuestiones económicas, políticas y sociales que se juegan dentro de ellos.
- Que pertenezcan a grupos de poder extramediáticos, como generalmente ocurre, no anula la rivalidad y la lucha existente entre esos grupos.
- Además, al menos algunas de sus acciones (mediciones de audiencia, indagación de demandas, etc.) manifiestan que esos centros se muestran atentos y dispuestos a los requerimientos de los consumidores.
- Y cuando no fuese así, no pueden evitar el imperativo de la "información periodística", dado que en la dinámica propia de los medios, ella constituye un valor.
- Tampoco pueden generar toda la información y abstraerse totalmente de los acontecimientos extramediáticos.
- Asimismo, la demanda de información implica una instancia, que no sea más que parcial, exterior a la esfera de decisión de los centros emisores. Esto indica el tránsito tanto a las fuentes de información como hacia el usuario.
- Tampoco pueden evitar que, en ocasiones, las emisiones no se ajusten a los patrones típicos de la cultura de masas.
- Y, aun cuando sus programas posean las formas adocenadas del "entretenimiento popular", es posible que ellos contengan mensajes originales y críticos
.
- Por otra parte, debe considerarse que los sujetos que irrumpen en los medios poseen una diversidad étnica, cultural y social
.
- También, que esos sujetos llegan a las instancias mediáticas con una historia que los posiciona de un modo propio en los medios.
- Y que los proyectos que esos sujetos desarrollan se expresan sólo parcialmente en los medios.
- Por otra parte, los lenguajes con los que los medios ponen de manifiesto estos proyectos también poseen una historia previa y paralela a ellos, (el sainete, el circo, etc., deben ser considerados para una comprensión más acabada).

- Y que esos lenguajes mediáticos suelen ser más complejos que los criterios teóricos para codificar y decodificar (el lenguaje gestual, por ejemplo).
- Además, los géneros mediáticos no son algo fijo y unívoco, sino que están en constante proceso de mutación
.
- Y en cuanto a los destinatarios, los mensajes no necesariamente alcanzan el fin que persiguen. Las condiciones particulares de la recepción suponen un contexto cultural específico que puede alterar el sentido asignado en la emisión, incluso transformalos en su contrario.
- Y aun cuando estos mensajes llegasen a los receptores con su sentido predeterminado, están expuestos a las resignificaciones propias de las prácticas interpretativas de la vida cotidiana.
- Incluso, cuanto más manipuladores sean los intentos de los centros, más fácilmente pueden hacer que la audiencia los identifique como tales y genere resistencias y reacciones acordes con esa lectura no esperada.
- Por otra parte, los géneros mediáticos cambian de acuerdo con receptor (un mismo tipo de emisión varía en su carácter según los intereses e inclinaciones de los distintos receptores).
- Además, dado el alcance planetario de los productos mediáticos, los mensajes suelen llegar a receptores a los que no están dirigidos.
- Por eso, es necesario tener en cuenta que los distintos procesos históricos nacionales generan horizontes de comprensión ajenos y muchas veces ignorados por los emisores.
- Así también, las diferencias nacionales implican consecuencias irónicas, como resultado de las diferentes traducciones.
- Por último, en otro plano, la evolución técnica de los medios de comunicación no necesariamente se produce en una dirección favorable a la concentración y determinación. El progreso técnico genera nuevas posibilidades que pueden ser explotadas por quienes participan del proceso mediático en formas diversas y hasta antagónicas a los intentos deterministas.

Esta pluralidad de cuestiones nos hace rechazar cualquier concepción determinista, y muestra la necesidad de profundizar, con estudios interdisciplinarios, la reflexión sobre los medios de comunicación de masas. Concebir a los medios como determinantes de la libertad humana requeriría demostrar que, por sobre dichos problemas, gobierna una lógica superior que los integra. Mientras ello no ocurra, el problema de la relación entre los medios y la libertad sigue abierto, y la pregunta por las cuestiones éticas en ese aspecto es una pregunta que todavía tiene sentido.